Artículo 218 de la ley 20744

Suspensiones laborales


Art. 218. Requisitos de su validez.

Toda suspensión dispuesta por el empleador para ser considerada válida, deberá fundarse en justa causa, tener plazo fijo y ser notificada por escrito al trabajador.

PREGUNTAS

¿Cuál de los siguientes es un requisito para que la suspensión de un trabajador sea considerada válida?

A) Que sea notificada verbalmente

B) Que no tenga plazo fijo

C) Que tenga justa causa

D) Que sea solicitada por el trabajador


¿Cómo debe ser notificada la suspensión al trabajador para que sea válida?

A) Por teléfono

B) De manera verbal

C) A través de una notificación escrita

D) Por medio de un tercero


Según el Art. 218, ¿qué tipo de duración debe tener una suspensión para ser considerada válida?

A) Indefinida

B) A plazo fijo

C) Temporal, sin fecha de finalización

D) Según el criterio del trabajador


¿En qué circunstancias puede un empleador disponer una suspensión válida?

A) En cualquier momento, sin justificación

B) Solo si el trabajador solicita la suspensión

C) Cuando existe una justa causa

D) Solo en caso de enfermedad del trabajador


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