google-site-verification=Im-cmzjyZo7XbXcxYu_MfxEDavxan_6WYIxFVEWuoNk JUICIO LABORAL: Artículo 17 de la ley 20744
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Artículo 17 de la ley 20744

PROHIBICIÓN DE DISCRIMINAR

Art. 17.  Prohibición de hacer discriminaciones.

Por esta ley se prohibe cualquier tipo de discriminación entre los trabajadores por motivo de sexo, raza, nacionalidad, religiosos, políticos, gremiales o de edad.


Prohibición de hacer discriminaciones laborales



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Artículo s/n de la LCT

Ley 23.551


JURISPRUDENCIA RELACIONADA

Varela, José Gilberto e/ Disco S.A. s/ amparo sindical

Sisnero, Mirtha Graciela y otros c/ Taldelva SRL y otros s/ amparo


PREGUNTAS


Juego de Preguntas sobre el Art. 17 de la Ley de Contrato de Trabajo
¿Qué tipos de discriminación prohíbe la Ley de Contrato de Trabajo?

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