Artículo 95 de la ley 20744

Despido antes del vencimiento del plazo en los contratos a plazo fijo


Art. 95. Despido antes del vencimiento del plazo - Indemnización.

En los contratos a plazo fijo, el despido injustificado dispuesto antes del vencimiento del plazo, dará derecho al trabajador, además de las indemnizaciones que correspondan por extinción del contrato en tales condiciones, a la de daños y perjuicios provenientes del derecho común, la que se fijará en función directa de los que justifique haber sufrido quien los alegue o los que, a falta de demostración, fije el juez o tribunal prudencialmente, por la sola ruptura anticipada del contrato.

Cuando la extinción del contrato se produjere mediante preaviso, y estando el contrato íntegramente cumplido, el trabajador recibirá una suma de dinero equivalente a la indemnización prevista en el artículo 250 de esta ley.

En los casos del párrafo primero de este artículo, si el tiempo que faltare para cumplir el plazo del contrato fuese igual o superior al que corresponda al de preaviso, el reconocimiento de la indemnización por daño suplirá al que corresponde por omisión de éste, si el monto reconocido fuese también igual o superior a los salarios del mismo.

Despido antes del vencimiento del plazo en los contratos a plazo fijo

PREGUNTAS


¿Qué derecho tiene el trabajador si es despedido injustificadamente antes del vencimiento del contrato a plazo fijo?

A) Solo a la indemnización por despido.

B) A la indemnización por despido y a daños y perjuicios.

C) Solo a la reintegración en el puesto.

D) A una carta de recomendación.


¿Cómo se determinarán los daños y perjuicios en caso de despido injustificado?

A) Se fijarán automáticamente en un monto predeterminado.

B) Se establecerán en función de lo que el trabajador justifique haber sufrido o lo que el juez determine.

C) No se podrán reclamar.

D) Se fijarán en base a la antigüedad del trabajador.


Si el contrato se extingue mediante preaviso y ha sido íntegramente cumplido, ¿qué recibirá el trabajador?

A) Solo el salario correspondiente al período de preaviso.

B) Una suma de dinero equivalente a la indemnización prevista en el artículo 250.

C) Ninguna indemnización.

D) Una carta de despido.


¿Qué ocurre si el tiempo que falta para cumplir el contrato es igual o superior al plazo de preaviso?

A) El trabajador no tiene derecho a indemnización.

B) Se reconoce la indemnización por daño en lugar de la correspondiente a la omisión del preaviso, siempre que el monto sea igual o superior a los salarios.

C) El contrato se prorroga automáticamente.

D) Se debe pagar una multa al trabajador.


En caso de despido injustificado, ¿qué tipo de indemnización puede reclamar el trabajador además de la correspondiente por extinción del contrato?

A) Una indemnización por vacaciones no tomadas.

B) Una indemnización por despido justificado.

C) Una indemnización por daños y perjuicios.

D) Una indemnización por renuncia voluntaria.


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