Artículo 78 de la ley 20744

Obligaciones del empleador a la asignación de ocupación efectiva y el derecho del trabajador a la remuneración acorde a las tareas asignadas.


Art. 78.  Deber de ocupación.

El empleador deberá garantizar al trabajador ocupación efectiva, de acuerdo a su calificación o categoría profesional, salvo que el incumplimiento responda a motivos fundados que impidan la satisfacción de tal deber. Si el trabajador fuese destinado a tareas superiores, distintas de aquéllas para las que fue contratado tendrá derecho a percibir la remuneración correspondiente por el tiempo de su desempeño, si la asignación fuese de carácter transitorio.

Se reputarán las nuevas tareas o funciones como definitivas si desaparecieran las causas que dieron lugar a la suplencia, y el trabajador continuase en su desempeño o transcurrieran los plazos que se fijen al efecto en los estatutos profesionales o las convenciones colectivas de trabajo.

Obligaciones del empleador a la asignación de ocupación efectiva y el derecho del trabajador a la remuneración acorde a las tareas asignadas.

PREGUNTAS


El deber de ocupación del empleador implica que debe:

a) Ofrecer al trabajador tareas en una empresa distinta.

b) Garantizarle ocupación efectiva acorde a su calificación o categoría profesional.

c) Permitirle trabajar en cualquier tarea que elija.

d) Contratar nuevos empleados cuando el trabajador esté ocupado.


Si un trabajador es asignado a tareas superiores de manera transitoria, tiene derecho a:

a) La misma remuneración que por sus tareas originales.

b) Una bonificación fija, independientemente de las nuevas tareas.

c) La remuneración correspondiente a las nuevas tareas por el tiempo que las desempeñe.

d) Un contrato nuevo con mayores beneficios.


Las nuevas tareas asignadas al trabajador se considerarán definitivas cuando:

a) Se realicen fuera del horario laboral.

b) Se mantengan al menos durante una semana.

c) Desaparezcan las causas de la suplencia y el trabajador continúe desempeñándolas.

d) El empleador informe al trabajador por escrito.


El deber de ocupación efectiva del empleador se ve limitado si:

a) El trabajador solicita licencia temporal.

b) Existen motivos fundados que impidan al empleador cumplir con el deber.

c) El trabajador tiene una calificación profesional muy alta.

d) El empleador decide reducir su plantilla de trabajadores.


Si el plazo fijado en los estatutos profesionales para las tareas superiores ha expirado y el trabajador sigue en esas tareas, se considera que:

a) El trabajador puede regresar a sus tareas originales.

b) Las nuevas tareas se vuelven permanentes.

c) El empleador debe recontratar al trabajador.

d) El trabajador debe cambiar de empresa.


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