Artículo 68 de la ley 20744

LÍMITES A LAS FACULTADES DEL EMPLEADOR


Art. 68. Modalidades de su ejercicio.

El empleador, en todos los casos, deberá ejercitar las facultades que le están conferidas en los artículos anteriores, así como la de disponer suspensiones por razones económicas, en los límites y con arreglo a las condiciones fijadas por la ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas de trabajo, los consejos de empresa y, si los hubiere, los reglamentos internos que éstos dictaren. Siempre se cuidará de satisfacer las exigencias de la organización del trabajo en la empresa y el respeto debido a la dignidad del trabajador y sus derechos patrimoniales, excluyendo toda forma de abuso del derecho.

LÍMITES A LAS FACULTADES DEL EMPLEADOR

PREGUNTAS


¿Qué debe hacer el empleador al ejercer sus facultades según el Artículo 68?

a) Actuar de manera arbitraria y sin justificación.

b) Respetar las condiciones fijadas por la ley y otros estatutos aplicables.

c) Ignorar los derechos de los trabajadores.

d) Solo actuar según su propio criterio.


¿Qué tipo de suspensiones puede disponer el empleador según el Artículo 68?

a) Suspensiones por razones personales de los trabajadores.

b) Suspensiones por razones económicas, siempre dentro de los límites legales.

c) Suspensiones arbitrarias sin justificación.

d) Suspensiones sin necesidad de aviso previo.


¿Qué se debe considerar al ejercer las facultades de dirección del empleador según este artículo?

a) Solo las exigencias económicas de la empresa.

b) La dignidad del trabajador y sus derechos patrimoniales.

c) El control absoluto sobre los trabajadores.

d) La eliminación de todos los reglamentos internos.


¿Qué se debe excluir al ejercer las facultades del empleador?

a) La flexibilidad en las condiciones de trabajo.

b) Toda forma de abuso del derecho.

c) El cumplimiento de los reglamentos internos.

d) La consideración de la organización del trabajo.


¿Cuáles son los documentos o entidades que pueden fijar condiciones para el ejercicio de las facultades del empleador?

a) Solo la legislación nacional.

b) Estatutos profesionales, convenciones colectivas de trabajo, y reglamentos internos.

c) Solo el consejo de empresa.

d) Ninguno, el empleador actúa libremente.


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