OBLIGACION GENÉRICA DE LAS PARTES EN EL CONTRATO DE TRABAJO
Art. 62. Obligación genérica de las partes.
Las partes están obligadas, activa y pasivamente, no sólo a lo que resulta expresamente de los términos del contrato, sino a todos aquellos comportamientos que sean consecuencia del mismo, resulten de esta ley, de los estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo, apreciados con criterio de colaboración y solidaridad.
PREGUNTAS
¿Cuál es la obligación de las partes según el Artículo 62?
a) Cumplir únicamente con lo que está explícitamente mencionado en el contrato.
b) Actuar únicamente en beneficio del empleador.
c) Cumplir tanto con los términos del contrato como con las consecuencias derivadas de él.
d) Limitarse a cumplir las obligaciones impuestas por la ley.
Además de lo que resulta expresamente del contrato, ¿qué otras obligaciones tienen las partes?
a) Solamente las que provienen de las convenciones colectivas.
b) Todas las conductas que resulten de la ley y los estatutos profesionales.
c) Ninguna, solo lo que se acuerde directamente.
d) Solo aquellas obligaciones que no pueden ser objetadas por el trabajador.
¿Cómo deben ser apreciadas las obligaciones derivadas del contrato según el artículo 62?
a) Con un enfoque de competencia entre las partes.
b) Con un criterio de colaboración y solidaridad.
c) Sin tener en cuenta el contexto de las relaciones laborales.
d) Solo desde la perspectiva del empleador.
¿Qué aspectos de la relación laboral se mencionan en el Artículo 62 como obligatorios para las partes?
a) Solo aquellos aspectos que se discuten en la firma del contrato.
b) Aspectos que surgen de los estatutos profesionales y convenciones colectivas.
c) Exclusivamente lo que establece la ley sin consideraciones adicionales.
d) Ninguno, ya que las partes son libres de acordar lo que deseen.
¿Qué se entiende por "comportamientos que sean consecuencia del contrato"?
a) Actitudes que las partes adoptan durante las negociaciones.
b) Cualquier acción o deber que derive de la relación laboral, más allá de lo escrito.
c) Solo las acciones que resultan de una mala interpretación del contrato.
d) Solo las obligaciones que son explícitamente mencionadas en la ley.
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