Artículo 51 de la ley 20744

DOCUMENTOS EXIGIDOS POR ESTATUTOS PROFESIONALES O CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO


Art. 51.  Aplicación de estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo.

Cuando por las leyes, estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo se exigiera algún documento, licencia o carné para el ejercicio de una determinada actividad, su falta no excluirá la aplicación del estatuto o régimen especial, salvo que se tratara de profesión que exija título expedido por la autoridad competente.

Ello sin perjuicio que la falta ocasione la aplicación de las sanciones que puedan corresponder de acuerdo con los respectivos regímenes aplicables.

Aplicación de estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo.

PREGUNTAS


¿Qué sucede si falta un documento o licencia exigido por un estatuto profesional o convención colectiva de trabajo para una actividad?

a) Se excluye automáticamente la aplicación del estatuto o régimen especial.

b) No se excluye la aplicación del estatuto o régimen especial, salvo que se trate de una profesión que exija título expedido por autoridad competente.

c) Solo se aplican parcialmente los beneficios de la convención.

d) El trabajador no puede reclamar derechos derivados del estatuto o convención.


¿En qué caso se excluye la aplicación del estatuto o régimen especial según el Artículo 51?

a) Cuando falte un carné o licencia laboral.

b) Cuando el ejercicio de la profesión requiera un título expedido por la autoridad competente.

c) En cualquier caso de ausencia de documentos.

d) Si el empleador así lo decide.


¿Qué tipo de profesiones quedarían excluidas de la aplicación del estatuto si faltara el título correspondiente?

a) Profesiones que no requieren formación académica.

b) Profesiones que exigen un título expedido por la autoridad competente.

c) Solo trabajos de tipo técnico.

d) Trabajos que requieren solo certificación de competencias.


Según el Artículo 51, ¿la falta de un documento requerido por una convención colectiva excluye al trabajador de los beneficios del régimen especial?

a) Sí, en todos los casos.

b) No, excepto si se trata de una profesión que exige título de la autoridad competente.

c) Sí, pero solo si el empleador no reconoce la relación.

d) No, el estatuto aplica siempre.


¿Qué leyes, además de los estatutos profesionales, pueden exigir documentos, licencias o carnés para el ejercicio de una actividad?

a) Solo leyes laborales.

b) Leyes de salud pública.

c) Leyes y convenciones colectivas de trabajo.

d) Ninguna, solo los estatutos profesionales.


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Artículo 48. Forma.

Artículo 49. Nulidad por omisión de la forma.

Artículo 50. Prueba.

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