DOCUMENTOS EXIGIDOS POR ESTATUTOS PROFESIONALES O CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
Art. 51. Aplicación de estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo.
Cuando por las leyes, estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo se exigiera algún documento, licencia o carné para el ejercicio de una determinada actividad, su falta no excluirá la aplicación del estatuto o régimen especial, salvo que se tratara de profesión que exija título expedido por la autoridad competente.
Ello sin perjuicio que la falta ocasione la aplicación de las sanciones que puedan corresponder de acuerdo con los respectivos regímenes aplicables.
ARTÍCULOS RELACIONADOS
Artículo 48 . Forma.
Artículo 49. Nulidad por omisión de la forma.
Artículo 50. Prueba.
Artículo 52. Libro especial. Formalidades. Prohibiciones.
Artículo 54. Aplicación de los registros, planillas u otros elementos de contralor.
Aplicación de estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo (clic en la pregunta)
¿Qué sucede si falta un documento o licencia exigido por un estatuto profesional o convención colectiva de trabajo para una actividad?
No se excluye la aplicación del estatuto o régimen especial, salvo que se trate de una profesión que exija título expedido por autoridad competente.
¿En qué caso se excluye la aplicación del estatuto o régimen especial según el Artículo 51?
Cuando el ejercicio de la profesión requiera un título expedido por la autoridad competente.
¿Qué tipo de profesiones quedarían excluidas de la aplicación del estatuto si faltara el título correspondiente?
Profesiones que exigen un título expedido por la autoridad competente.
Según el Artículo 51, ¿la falta de un documento requerido por una convención colectiva excluye al trabajador de los beneficios del régimen especial?
No, excepto si se trata de una profesión que exige título de la autoridad competente.
¿Qué leyes, además de los estatutos profesionales, pueden exigir documentos, licencias o carnés para el ejercicio de una actividad?
Leyes y convenciones colectivas de trabajo.
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