google-site-verification=Im-cmzjyZo7XbXcxYu_MfxEDavxan_6WYIxFVEWuoNk JUICIO LABORAL: Artículo 4 de la ley 20744
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Artículo 4 de la ley 20744

CONCEPTO DE TRABAJO EN LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

Art. 4°.  Concepto de trabajo.

Constituye trabajo, a los fines de esta ley, toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración.

El contrato de trabajo tiene como principal objeto la actividad productiva y creadora del hombre en sí. Sólo después ha de entenderse que media entre las partes una relación de intercambio y un fin económico en cuanto se disciplina por esta ley.

Artículo 4 de la ley 20744

PREGUNTAS SOBRE EL CONCEPTO DE TRABAJO


Concepto de trabajo según la Ley de Contrato de Trabajo - Art. 4 (clic en la pregunta)

¿Qué es el trabajo según la ley laboral?
Toda actividad lícita prestada en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración.
¿Cuál es el principal objeto del contrato de trabajo según el artículo 4 de la LCT?
La actividad productiva y creadora del hombre.
¿Cuándo se entiende que existe una relación de intercambio y un fin económico en el contrato de trabajo?
Solo después de entender la actividad productiva y creadora del hombre.
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