CONCEPTO DE TRABAJO EN LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO
Art. 4°. Concepto de trabajo.
Constituye trabajo, a los fines de esta ley, toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración.
El contrato de trabajo tiene como principal objeto la actividad productiva y creadora del hombre en sí. Sólo después ha de entenderse que media entre las partes una relación de intercambio y un fin económico en cuanto se disciplina por esta ley.
PREGUNTAS SOBRE EL CONCEPTO DE TRABAJO
Concepto de trabajo según la Ley de Contrato de Trabajo - Art. 4 (clic en la pregunta)
Artículo 21. Contrato de trabajo
Artículo 22. Relación de trabajo
Artículo 25. Trabajador
Artículo 103. Concepto de remuneración
Artículo 105. Forma de pago. Prestaciones complementarias
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