DEFINICIÓN DE TRABAJADOR EN LA LEY 20744
Art. 25. Trabajador.
Se considera "trabajador", a los fines de esta ley, a la persona física que se obligue o preste servicios en las condiciones previstas en los artículos 21 y 22 de esta ley, cualesquiera que sean las modalidades de la prestación.
PREGUNTAS
Juego de Preguntas sobre el Art. 25 de la Ley de Contrato de Trabajo
¿Cómo define la ley al 'trabajador' según el Artículo 25?
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