google-site-verification: googlee6b8fe2bb563d6db.html google-site-verification=Im-cmzjyZo7XbXcxYu_MfxEDavxan_6WYIxFVEWuoNk JUICIO LABORAL: Artículo 25 de la ley 20744
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Artículo 25 de la ley 20744

DEFINICIÓN DE TRABAJADOR EN LA LEY 20744

Art. 25.  Trabajador.

Se considera "trabajador", a los fines de esta ley, a la persona física que se obligue o preste servicios en las condiciones previstas en los artículos 21 y 22 de esta ley, cualesquiera que sean las modalidades de la prestación.


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PREGUNTAS 


Juego de Preguntas sobre el Art. 25 de la Ley de Contrato de Trabajo
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