Artículo 259 de la ley 20744

Art. 259. Caducidad.

No hay otros modos de caducidad que los que resultan de esta ley.

 


Según el artículo 259, ¿los modos de caducidad en el Derecho Laboral son:

A) Solo los que establece esta ley.

B) Determinados por cada empleador.

C) Los mismos que en el Código Civil.

D) Decididos en cada convenio colectivo.

 

¿Qué implica el artículo 259 sobre la caducidad en derechos laborales?

A) Que todos los derechos laborales caducan al año.

B) Que solo los modos de caducidad de esta ley son válidos.

C) Que la caducidad depende de cada contrato.

D) Que la caducidad se establece en los tribunales.

 

¿Puede aplicarse algún modo de caducidad fuera de los establecidos en la ley de contrato de trabajo?

A) Sí, en casos excepcionales.

B) Sí, si lo autoriza el empleador.

C) No, solo los establecidos en esta ley.

D) No, salvo si el convenio colectivo lo permite.


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