PORCENTAJE MÁXIMO DE RETENCIÓN EN LAS REMUNERACIONES
Art. 133. Porcentaje máximo de retención. Conformidad del trabajador. Autorización administrativa.
Salvo lo dispuesto en el artículo 130 de esta ley, en el caso de adelanto de remuneraciones, la deducción, retención o compensación no podrá insumir en conjunto más del veinte (20) por ciento del monto total de la remuneración en dinero que tenga que percibir el trabajador en el momento en que se practique.
Las mismas podrán consistir además, siempre dentro de dicha proporción, en sumas fijas y previamente determinadas. En ningún caso podrán efectuarse las deducciones, retenciones o compensaciones a las que se hace referencia en el artículo 132 de esta ley sin el consentimiento expreso del trabajador, salvo aquéllas que provengan del cumplimiento de las leyes, estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo.
Las deducciones, retenciones o compensaciones, en todos los restantes casos, requerirán además la previa autorización del organismo competente, exigencias ambas que deberán reunirse en cada caso particular, aunque la autorización puede ser conferida, con carácter general, a un empleador o grupo de empleadores, a efectos de su utilización respecto de la totalidad de su personal y mientras no le fuese revocada por la misma autoridad que la concediera.
La autoridad de aplicación podrá establecer, por resolución fundada, un límite porcentual distinto para las deducciones, retenciones o compensaciones cuando la situación particular lo requiera.
PREGUNTAS
¿Cuál es el porcentaje máximo de retención o deducción sobre el total de la remuneración que puede aplicarse según el Art. 133?
A) 25%
B) 30%
C) 20%
D) 15%
¿En qué casos pueden efectuarse deducciones, retenciones o compensaciones sin el consentimiento expreso del trabajador, según el Art. 133?
A) Solo si están autorizadas por el empleador
B) Solo cuando provengan del cumplimiento de leyes, estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo
C) Solo si el trabajador no se opone
D) En todos los casos sin la necesidad de autorización
¿Qué requisito se establece para las deducciones, retenciones o compensaciones fuera de los casos permitidos en el Art. 133?
A) No se necesita ningún requisito adicional
B) Deben ser acordadas entre el empleador y el trabajador
C) Requieren la previa autorización del organismo competente
D) Deben ser aprobadas por un juez
¿Puede el empleador aplicar deducciones, retenciones o compensaciones sin límite si ha obtenido autorización general?
A) Sí, sin límite alguno
B) No, el empleador debe cumplir con el límite del 20% establecido en la ley
C) Solo si las deducciones están relacionadas con beneficios para el trabajador
D) Sí, pero solo para algunos trabajadores
¿Qué puede hacer la autoridad de aplicación en relación con el límite porcentual de deducciones, retenciones o compensaciones?
A) Establecer un límite porcentual diferente cuando lo considere necesario
B) Revocar la autorización general sin ninguna justificación
C) Aumentar el límite a un 50% sin restricciones
D) Reducir el límite porcentual a la mitad sin necesidad de resolución
¿En qué situación específica se permite la deducción, retención o compensación sin necesidad de autorización previa?
A) Cuando el trabajador esté de acuerdo verbalmente
B) Si se trata de un adelanto de remuneración, conforme al Art. 130
C) Si el empleador lo considera conveniente
D) Si se realiza una compensación por un error de cálculo en la remuneración.
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Artículo 131. Retenciones. Deducciones y compensaciones.
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