google-site-verification=Im-cmzjyZo7XbXcxYu_MfxEDavxan_6WYIxFVEWuoNk JUICIO LABORAL: Artículo 19 de la ley 20744
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Artículo 19 de la ley 20744

PLAZO DE PREAVISO

Art. 19.  Plazo de preaviso.

Se considerará igualmente tiempo de servicio el que corresponde al plazo de preaviso que se fija por esta ley o por los estatutos especiales, cuando el mismo hubiere sido concedido.

PLAZO DE PREAVISO



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PREGUNTAS


Juego de Preguntas sobre el Art. 19 de la Ley de Contrato de Trabajo
¿Qué se considera como tiempo de servicio según el Artículo 19 de la Ley 20.744?

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