Artículo 163 de la ley 20744

Vacaciones de los trabajadores por temporada


Art. 163. Trabajadores de temporada.

Los trabajadores que presten servicios discontinuos o de temporada, tendrán derecho a un período anual de vacaciones al concluir cada ciclo de trabajo, graduada su extensión de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 153 de esta ley.

Artículo 163 de la ley 20744

PREGUNTAS

¿Qué derecho tienen los trabajadores de temporada al concluir cada ciclo de trabajo?

A) Derecho a una compensación económica.

B) Derecho a un período anual de vacaciones.

C) Derecho a un bono de productividad.

D) Derecho a un cambio de tareas.


¿Cómo se gradúa la extensión del período de vacaciones para los trabajadores de temporada?

A) Según el salario que perciban.

B) Según la cantidad de días trabajados.

C) De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 153 de esta ley.

D) De acuerdo a la antigüedad en la empresa.


¿Cuál es el beneficio que se menciona en el artículo 163 para los trabajadores de temporada?

A) Un bono anual.

B) Un período de descanso remunerado.

C) Un aumento salarial.

D) Un pago por horas extras trabajadas.


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