Responsabilidad del empleador en promover la formación profesional

Responsabilidad del empleador en promover la formación profesional con apoyo estatal y la participación activa de los trabajadores.

Artículo s/n de la ley 20744

Art. s/n.- El empleador implementará acciones de formación profesional profesional y/o capacitación con la participación de los trabajadores y con la asistencia de los organismos competentes al Estado.

Artículo s/n de la ley 20744

PREGUNTAS


¿Quién es responsable de implementar acciones de formación profesional según este artículo?

a) Los trabajadores.

b) El empleador.

c) Los organismos estatales.

d) Los sindicatos.


¿Qué tipo de acciones debe implementar el empleador según el artículo?

a) Evaluaciones de desempeño.

b) Acciones de formación profesional y/o capacitación.

c) Programas de salud y seguridad.

d) Beneficios salariales adicionales.


¿Quién debe participar en las acciones de formación y capacitación?

a) Solo los empleadores.

b) Solo los organismos competentes del Estado.

c) Los trabajadores, junto con el empleador.

d) Los familiares de los trabajadores.


¿Qué organismo presta asistencia en las acciones de formación profesional?

a) Los organismos competentes del Estado.

b) Las empresas de capacitación privada.

c) Los sindicatos locales.

d) Las universidades.


¿Cuál es el objetivo principal de este artículo en relación con el desarrollo laboral?

a) Facilitar despidos masivos.

b) Asegurar la formación profesional y capacitación de los trabajadores.

c) Promover la competencia entre trabajadores.

d) Brindar asistencia financiera a los empleadores.


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