google-site-verification: googlee6b8fe2bb563d6db.html google-site-verification=Im-cmzjyZo7XbXcxYu_MfxEDavxan_6WYIxFVEWuoNk JUICIO LABORAL: Artículo 73 de la ley 20744
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Artículo 73 de la ley 20744

PROHIBICIÓNES AL EMPLEADOR. LIBERTAD DE EXPRESIÓN DEL TRABAJADOR


Art. 73.  Prohibición. Libertad de expresión.

El empleador no podrá, ya sea al tiempo de su contratación, durante la vigencia del contrato o con vista a su disolución, realizar encuestas, averiguaciones o indagar sobre las opiniones políticas, religiosas, sindicales, culturales o de preferencia sexual del trabajador. Este podrá expresar libremente sus opiniones sobre tales aspectos en los lugares de trabajo, en tanto ello no interfiera en el normal desarrollo de las tareas.


PROHIBICIÓNES AL EMPLEADOR. LIBERTAD DE EXPRESIÓN DEL TRABAJADOR


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