EXCLUSIÓN DE LA INTERPRETACIÓN ANALÓGICA
Art. 16. Aplicación analógica de las convenciones colectivas de trabajo. Su exclusión.
Las convenciones colectivas de trabajo no son susceptibles de aplicación extensiva o analógica, pero podrán ser tenidas en consideración para la resolución de casos concretos, según la profesionalidad del trabajador.
PREGUNTAS
Aplicación analógica de las convenciones colectivas de trabajo. Su exclusión - Art. 16, Ley 20.744 (clic en la pregunta)
¿Pueden aplicarse las convenciones colectivas de trabajo en forma extensiva o analógica?
No, ya que el artículo excluye su aplicación extensiva o analógica.
¿En qué casos se pueden considerar las convenciones colectivas de trabajo para resolver casos concretos?
Solo en función de la profesionalidad del trabajador.
¿Qué implica que una convención colectiva no sea susceptible de aplicación extensiva o analógica?
Que no puede usarse para resolver casos fuera de su ámbito específico.
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