google-site-verification=Im-cmzjyZo7XbXcxYu_MfxEDavxan_6WYIxFVEWuoNk JUICIO LABORAL: Artículo 125 de la ley 20744
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Artículo 125 de la ley 20744

Constancias bancarias como prueba del pago de la remuneración


 Art. 125. Constancias bancarias. Prueba de pago.

La documentación obrante en el banco o la constancia que éste entregare al empleador constituirá prueba suficiente del hecho de pago.


Constancias bancarias como prueba del pago de la remuneración


PREGUNTAS

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Juego de Preguntas sobre el Artículo 125 - Constancias Bancarias y Prueba de Pago (Ley 20.744)

¿Qué constituye prueba suficiente del pago de remuneraciones al trabajador?
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