Deber del trabajador de cumplir con las órdenes e instrucciones
Art. 86. Cumplimiento de órdenes e instrucciones.
El trabajador debe observar las órdenes e instrucciones que se le impartan sobre el modo de ejecución del trabajo, ya sea por el empleador o sus representantes. Debe conservar los instrumentos o útiles que se le provean para la realización del trabajo, sin que asuma responsabilidad por el deterioro que los mismos sufran derivados del uso.
PREGUNTAS
Artículo 62 a 66.
Artículo 75. Deber de seguridad.
Artículo 87. Responsabilidad por daños.
No hay comentarios:
Publicar un comentario