INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE PARCIAL
Introducción
Las incapacidades pueden ser temporarias o permanentes. Son temporarias cuando el trabajador sigue recuperándose o hay dudas sobre la gravedad de su incapacidad, estableciéndose un plazo provisorio legal variable según las circunstancias. Transcurrido el plazo provisional la incapacidad pasa a ser permanente.
A su vez, la incapacidad laboral permanente puede clasificarse en total o parcial. En el caso de la incapacidad laboral permanente parcial, se identifican dos categorías: una corresponde a una disminución de la capacidad laboral inferior al 50%, y la otra abarca un rango entre el 50% y el 66% de incapacidad. Cuando la reducción de la capacidad supera el 66%, se considera que la incapacidad es permanente y total.
INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE PARCIAL MAYOR AL 50% Y MENOR AL 66%
CUADRO RESUMEN
FUENTES
Artículos. 8, 11, 14 y 20 ley 24557
Decreto 1694/2009
Artículo 3 ley 26773