Caso San Miguel y otras vs. Venezuela,
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Sentencia del 8 de febrero de 2018)
Tema Central:
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró la responsabilidad internacional de Venezuela por la terminación arbitraria de los contratos laborales de Rocío San Miguel Sosa, Magally Chang Girón y Thais Coromoto Peña, quienes trabajaban para el Consejo Nacional de Fronteras, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores. Estas terminaciones fueron motivadas por represalias políticas debido a la firma de las víctimas en una solicitud de referendo revocatorio contra el entonces presidente Hugo Chávez Frías, en el contexto de la publicación de la llamada “Lista Tascón”. La Corte concluyó que el Estado violó los derechos a la participación política, la libertad de expresión, el derecho al trabajo y el acceso a la justicia, en relación con el principio de no discriminación, establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
Hechos Relevantes del Caso:
Contexto político y la “Lista Tascón”:
En 2003, ciudadanos recolectaron firmas para promover un referendo revocatorio contra el presidente Hugo Chávez.
El diputado Luis Tascón, con autorización presidencial, obtuvo del Consejo Nacional Electoral las copias de las planillas con los nombres de los firmantes y publicó esta información en una página web, acusándolos de participar en un “megafraude”.
La publicación de la lista generó represalias políticas contra firmantes, incluyendo despidos, restricciones laborales y exclusión de programas sociales.
Despido de las víctimas:
Las tres víctimas laboraban en el Consejo Nacional de Fronteras bajo contratos temporales desde 1996, 1997 y 2000.
En marzo de 2004, menos de un mes después de la publicación de la Lista Tascón, se les notificó la terminación de sus contratos, alegando una reestructuración del Consejo que nunca se demostró.
Denuncias y acciones judiciales fallidas:
En mayo de 2004, las víctimas denunciaron el despido ante la Defensoría del Pueblo, pero el caso fue archivado.
También presentaron una acción de amparo constitucional y una denuncia penal, ambas rechazadas por las autoridades judiciales sin investigar adecuadamente las denuncias de discriminación política.
Decisiones de la Corte Interamericana:
1. Participación política (Artículo 23 de la CADH):
La Corte reafirmó que el derecho a solicitar y participar en un referendo revocatorio es un derecho político fundamental.
Consideró que las represalias contra las víctimas por firmar la solicitud del referendo violaron su derecho a la participación política, en relación con el principio de no discriminación.
2. Libertad de pensamiento y expresión (Artículo 13 de la CADH):
La firma de las víctimas fue interpretada como una manifestación de su libertad de expresión al expresar su postura política contra el gobierno.
El despido fue una represalia para acallar la disidencia política y desincentivar la participación en movimientos democráticos, lo que constituye una violación directa de este derecho.
3. Derecho al trabajo (Artículo 26 de la CADH):
La terminación arbitraria de los contratos laborales, motivada por razones políticas, violó el derecho de las víctimas al trabajo.
La Corte destacó que los contratos fueron terminados como un acto de desviación de poder, utilizando una cláusula contractual como pretexto para encubrir las verdaderas razones políticas.
4. Acceso a la justicia y recurso efectivo (Artículos 8 y 25 de la CADH):
Las autoridades judiciales no investigaron adecuadamente las denuncias de las víctimas ni analizaron las pruebas que indicaban discriminación política.
Esto vulneró su derecho a un recurso judicial efectivo y a garantías judiciales adecuadas.
5. Restricciones no demostradas:
La Corte no encontró pruebas suficientes para determinar violaciones al derecho de igualdad ante la ley (Artículo 24) ni al derecho a la integridad personal (Artículo 5).
Reparaciones Ordenadas por la Corte:
Medidas de reparación simbólica:
Declarar que los hechos relevantes constituyen desviación de poder y publicar la sentencia y su resumen en medios oficiales.
Medidas para evitar la impunidad:
Adoptar medidas necesarias para investigar los hechos y garantizar que las represalias políticas no queden impunes.
Indemnización:
Pagar a las víctimas por daños materiales e inmateriales, así como el reintegro de costas y gastos procesales.
Supervisión:
La Corte supervisará el cumplimiento de la sentencia hasta que el Estado venezolano cumpla con todas las disposiciones.
Importancia del Fallo:
Protección contra la discriminación política:
- Este fallo establece un importante precedente en la protección de los derechos políticos y laborales frente a represalias o persecuciones políticas en contextos de polarización.
Fortalecimiento de la democracia:
- Subraya que los Estados deben garantizar la libertad de pensamiento y expresión como pilares fundamentales de un sistema democrático y pluralista.
Reafirmación del control de convencionalidad:
- La Corte condenó la falta de consideración de los principios de la CADH por parte de las autoridades judiciales venezolanas, reafirmando su obligación de realizar un “control de convencionalidad”.
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