TRABAJO DE MAYORES DE 14 AÑOS EN EMPRESA FAMILIAR
Art. 189. Bis Empresa de la familia. Excepción.
Las personas mayores de catorce (14) y menores a la edad indicada en el artículo anterior podrán ser ocupados en empresas cuyo titular sea su padre, madre o tutor, en jornadas que no podrán superar las tres (3) horas diarias, y las quince (15) horas semanales, siempre que no se trate de tareas penosas, peligrosas y/o insalubres, y que cumplan con la asistencia escolar. La empresa de la familia del trabajador menor que pretenda acogerse a esta excepción a la edad mínima de admisión al empleo, deberá obtener autorización de la autoridad administrativa laboral de cada jurisdicción.
Cuando, por cualquier vínculo o acto, o mediante cualquiera de las formas de descentralización productiva, la empresa del padre, la madre o del tutor se encuentre subordinada económicamente o fuere contratista o proveedora de otra empresa, no podrá obtener la autorización establecida en esta norma.
PREGUNTA
¿Qué establece el artículo 189 Bis respecto al empleo de personas menores de edad en empresas familiares?
a) Permite el empleo de menores de catorce (14) años en empresas familiares.
b) Permite el empleo de menores de catorce (14) años en empresas familiares, con ciertas restricciones.
c) Permite el empleo de menores de catorce (14) años en cualquier tipo de empresa, sin restricciones.
d) No permite el empleo de menores de catorce (14) años en ningún caso.
¿Cuáles son las restricciones para los menores de catorce (14) años que trabajen en empresas familiares según el artículo 189 Bis?
a) No podrán trabajar más de tres (3) horas diarias y quince (15) horas semanales.
b) Solo podrán trabajar en tareas administrativas.
c) Solo podrán trabajar durante los fines de semana.
d) No podrán trabajar más de cuatro (4) horas diarias.
¿Qué tipo de tareas no podrán realizar los menores de edad en las empresas familiares según el artículo 189 Bis?
a) Tareas que impliquen la manipulación de maquinaria pesada.
b) Tareas penosas, peligrosas o insalubres.
c) Tareas que requieran un alto nivel educativo.
d) Tareas nocturnas.
¿Qué condición debe cumplir la empresa familiar para que los menores trabajen en ella según el artículo 189 Bis?
a) La empresa debe estar registrada en el Ministerio de Trabajo.
b) La empresa debe obtener autorización de la autoridad administrativa laboral de la jurisdicción.
c) La empresa debe contar con un seguro de salud para los trabajadores menores.
d) La empresa debe pagar salarios más altos a los menores.
¿Qué sucede si la empresa familiar está subordinada económicamente a otra empresa según el artículo 189 Bis?
a) Puede obtener la autorización para emplear menores de catorce (14) años.
b) No podrá obtener la autorización para emplear menores de catorce (14) años.
c) Puede emplear a menores de catorce (14) años, pero solo en tareas de oficina.
d) Solo podrá emplear a los menores durante las vacaciones escolares.
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