Ley 27322

Ley 27322.

ARTÍCULO 1° — Modifícase el artículo 71 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, que quedará redactado de la siguiente forma:

‘Artículo 71: Conocimiento. Los controles referidos en el artículo anterior, así como los relativos a la actividad del trabajador, deberán ser conocidos por éste.’

ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

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